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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

PROYECTOS EDUCATIVOS

PROYECTOS EDUCATIVOS
  •  ECOCENTROS
Es un proyecto de educación ambiental en el que están
implicados todos los mienbros de la comunidad escolar.
Llevamos desarrollándolo tres cursos.Trabajamos
diferentes aspectos para  conseguir mejorar
el medio en el que nos desenvolvemos. Recogida de
pilas, reciclado de papel, recuperación y reciclado
de aceites usadas, limpieza de patio, ahorro de agua …
  • BIBLIOTECA Y REVISTA ESCOLAR

Continuamos fomentando la lectura a través de la biblioteca escolar.

Una de sus herramientas es  la Revista Escolar.

En la revista colaboran: alumnos, profesores y todos los miembros de

 la comunidad que lo desean

 

 

  • RED DE ESCUELAS POR UNA CULTURA DE PAZ,

        NO VIOLENCIA E  IGUALDAD

 

Es nuestro segundo curso dentro del programa. Continuamos realizando

 actividades relacionadas con la educación en valores.

Trabajamos  normas de  convivencia, relaciones  sociales, convivencia,

respeto …..

 

  • EDUCACIÓN PARA LA SALUD.

En colaboración con la AMPA realizamos campañas de consumo de frutas

y productos lácteos.

 

 

 

 

Secretaría

Secretaria

Raquel  Alba Garrido

Administrativa

Auxiliares


 

Se atenderá al público :

 

  • Mañanas de 10 h. a 14 h. de lunes a viernes.

 

CONSEJO ESCOLAR

 CONSEJO ESCOLAR

      El Consejo Escolar del centro es un órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa.

            El Consejo Escolar del CEIP Virgen de Argeme está compuesto por los siguientes miembros:

  • Presidenta : Inmaculada Saralegui Valero. Directora del Centro
  • Jefa de Estudios:  Marta Macías de la Montaña
  • Secretaria: Elisabeth Collado Iglesia. Actúa con voz, pero sin voto.
  • Representantes de los profesores: Raquel Alba Garrido, Manuel Fernández Juez, Mercedes Olivenza Medina, Cecilia Arévalo Hernández y Salomé Torres Simón.
  • Representantes de Padres:  Ángel María Martín García, Javier Mateo Conde, Xabier Pérez Leal y Vicente Valiente de la Reguera.
  • Representante del Ayuntamiento de Coria: Irene Ovejero Cristóbal

             El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V de la presente Ley orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otrosaspectos relacionados con la calidad de la misma.

          El Consejo Escolar del centro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.

C.C.P.

COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

 COMPOSICIÓN:

Directora: Inmaculada Saralegui Valero

Jefa de Estudios: Marta Macías de la Montaña

Coordinadores:

E.I. : Ana Belén Rodríguez Ruano

1º : Mario López Bellot

2º : Jorge Vivas Campos

3º : Elizabeth Collado Iglesia

4º: Rosa Mª Repilado Tomé

5º: Lorena Ruano González

6º: Manuel Fernández Juez


               La CCP, sin menoscabo de las competencias del claustro, realizará las siguientes funciones:

  1. Establecer con el representante del EOEP su programa de intervención en el centro, la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.

  2. Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación así como las directrices generales para su elaboración, evaluación y modificación.

  3. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación y asegurar su coherencia con el proyecto educativo.

  4. Elaborar los criterios de selección, registro y control de los materiales curriculares, entendiendo por tales los libros de texto, los materiales en soporte electrónico o cualquier otro y velará para que se ajusten a lo dispuesto en el Decreto 186/2012, de 7 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 143/2005, de 7 de junio, sobre libros de texto y materiales curriculares.También establecerá los criterios para la integración de las TIC.

  5. Establecer las líneas generales para la organización del Plan de Mejora del Éxito Educativo, garantizando el desarrollo del mismo en el centro educativo y coordinando su seguimiento y evaluación, contando para ello con el asesoramiento y apoyo de los profesionales de la orientación educativa que intervengan en el centro educativo. Todo ello, conforme al artículo 4 del Decreto 228/2014, de 14 de octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  6. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales.

  7. Elaborar las directrices de todas aquellas actuaciones relacionadas con la educación en valores, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, las TIC, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional; así como aquellos programas específicos del centro que constituyen sus señas de identidad.

  8. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la jefatura de estudios.

  9. Proponer al claustro el plan para evaluar los aspectos docentes del proyecto educativo, la programación general anual y la evolución del proceso de enseñanza-aprendizaje.

  10. Fomentar la evaluación de todas las actividades, proyectos del centro y la práctica docente, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

  11. Velar por el cumplimiento de los proyectos y programaciones educativas del centro.

Claustro

Claustro de profesores

             La PLANTILLA de maestros del curso 2020/21 se distribuye de la siguiente manera:  

Especialidades
E. Infantil
E. Primaria
 MU  
EF
IN
AL
PT
Rel
TOTAL
Puestos
4
4 1 2 5
2
3 1 22

 


        El Claustro de Profesores es el órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro será presidido por la Directora y estará integrado por todos los maestros que presten servicios docentes en el centro.

       

      Son competencias del Claustro:

 

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

         
        El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.